"Este juez lo que está retratando es homofobia y una violación a los derechos humanos de la gente diversa"", manifestó el notario que inscribió el matrimonio, Marco Castillo.
Josué Alfaro y Diego Bosque
03/02/20 | 16:55pm
El Juzgado Notarial del Primer Circuito Judicial anuló el matrimonio entre Laura Florez-Estrada y Jazmín Elizondo, la pareja de mujeres que aprovechó un error de inscripción del Registro Civil en el género de Elizondo para casarse en julio del año 2015.
El Juzgado además suspendió por 13 años y un mes al notario que casó a las mujeres, el abogado Marco Antonio Castillo, según dio a conocer el medio delfino.cr.
El juzgador determinó que el matrimonio se realizó a través de testimonios e información falsa, validada por el abogado, motivo por el que impuso sanciones de 10 y 3 años respectivamente.
Entre las medidas tomadas por el juzgado también destacó la solicitud al Registro Civil de una lista de todos los notarios que han realizado matrimonios entre parejas del mismo sexo.
Así lo confirmó el propio abogado Castillo, quien dijo que lo resuelto "es un absurdo", a pocas semanas de que el matrimonio entre personas del mismo sexo sea legal en Costa Rica.
"Esto es contrario a los derechos humanos, a lo que dijo la Sala Constitucional, contrario a lo que dijo la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) y este juez lo que está retratando es homofobia y una violación a los derechos humanos de la gente diversa", afirmó.
El abogado señaló que apelaría su sanción y que utilizará todas las vías posibles para defender su caso, incluidos los mecanismos internacionales, de ser necesario.
Laura Florez-Estrada y Jazmín Elizondo contrajeron matrimonio el 25 de julio el año 2015. La pareja aprovechó que Elizondo fue inscrita como hombre, por error, en las bases de datos del Registro Civil.
El matrimonio entre Florez-Estrada y Elizondo se registró aún cuando la figura del matrimonio igualitario no estaba avalada todavía, ni siquiera a través de la reciente opinión consultiva de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en enero de 2018, ni el posterior fallo de la Sala Constitucional, que declaró inconstitucional la prohibición de estas uniones.
Las mujeres también habían enfrentado una causa legal bajo el expediente 15-000902-0612-PE, por los supuestos delitos de matrimonio ilegal y falsedad ideológica. No obstante, la Fiscalía desistió de acusar a la pareja y al resto de personas implicadas en el acto.
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