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El proyecto fue presentado en 2018 por la fracción de Restauración Nacional, que todavía incluía a los ahora independientes afines a Fabricio Alvarado.

Iglesias podrían recibir donaciones estatales para "fines religiosos"; proyecto avanza en Asamblea

​La iniciativa de ley para "la Libertad Religiosa y de Culto" incluye un permiso para que el Estado dé donaciones a iglesias "tanto para alcanzar sus fines estrictamente religiosos, como para sus labores de asistencia social, humanitaria y comunal".

18/11/20 | 15:03pm

Autorizar a las instituciones del Estado para que realicen donaciones "en numerario o en especie" a organizaciones religiosas para el cumplimiento de sus fines "estrictamente religiosos" es parte de las indicaciones que realiza el proyecto de ley 21.012, recientemente dictaminado positivamente por la mayoría de legisladores de la Comisión de Asuntos de Gobierno y Administración de la Asamblea Legislativa.

El proyecto de ley, denominado "Ley para la Libertad Religiosa y de Culto", establece la posibilidad en su artículo 54 sobre los derechos y deberes patrimoniales de las organizaciones religiosas, en el cual dice que las entidades estatales le podrán brindar ayudas no reembolsables a las iglesias "tanto para alcanzar sus fines estrictamente religiosos, como para sus labores de asistencia social, humanitaria y comunal".

Además de esta indicación, el proyecto reitera la no sujeción de las organizaciones religiosas del Impuesto Sobre la Renta, lo cual posibilita que no paguen impuestos por sus ganancias de capital, producto de donaciones nacionales e internacionales.

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El proyecto se votó favorablemente este martes en la Comisión de Gobierno y Administración, en donde solo se opusieron el oficialista Víctor Morales, del Partido Acción Ciudadana (PAC), y Jorge Fonseca, del Partido Liberación Nacional (PLN). A favor votaron el liberacionista David Gourzong; los independientes Nidia Céspedes, Dragos Dolanescu y Jonathan Prendas; y Rodolfo Peña, del Partido Unidad Social Cristiano (PUSC).

El proyecto lo presentó desde finales de 2018 la fracción del Partido Restauración Nacional (PRN), que entonces seguía unida. Es decir, lo firmaron 14 congresistas, incluidos los seis legisladores ahora independientes de esa bancada, afines al excandidato presidencial Fabricio Alvarado.

La iniciativa afirma que se propone "garantizar y tutelar el ejercicio de los derechos a la libertad de creencias, religiosa y de culto" incluidos en la Constitución Política; sin embargo, va más allá de esos y también instruye la creación de un nuevo registro de organizaciones religiosas y más funciones para la Dirección de Culto de la Cancillería y para el Registro Nacional del Ministerio de Justicia, entre otros detalles.

Objeción de conciencia y otros permisos

El proyecto propone la "objeción de conciencia religiosa" como un derecho de toda persona creyente. Es decir, posibilita que una persona se niegue a realizar cualquier práctica. El texto establece que este y cualquier otro derecho consignado por la iniciativa "no podrían ser violentados" y "cualquier norma o disposición que le contradiga el contenido esencial de los derechos regulados en esta ley sería nula".

La objeción de conciencia se establece en dos artículos distintos de la normativa, el 15 y el 26. El último es el que lo desarrolla con mayor amplitud y asegura que "ninguna persona, sea religioso, feligrés o miembro de una organización religiosa o confesión de credo, podrá ser compelido, por norma o acto administrativo o legal, a renunciar a sus principios y convicciones de fe".

También señala que "la objeción de conciencia ante cualquier norma o acto administrativo o legal podrá manifestarse o revocarse en forma expresa, en cualquier momento, bastando para ello la comunicación por escrito a las autoridades de la institución u organización en la que se desempeña".

Este derecho también se amplía a "aquellas asociaciones civiles o empresas que no sean organizaciones religiosas, y cuyo ideario tenga como base algún credo religioso".

Por otra parte, el texto da la posibilidad a iglesias de "tener y dirigir, directamente o mediante asociaciones civiles o fundaciones" distintos servicios. Entre ellos, menciona la posibilidad de operar centros de restauración de adictos, comedores públicos, instituciones educativas y culturales, hogares, centros de salud, hospitales, medios de comunicación, editoriales e imprentas, o entidades de servicio comunitario.

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Rechazo de Hacienda

El texto recibió también criterios negativos del Ministerio de Hacienda, de la Secretaría Técnica de la Autoridad Presupuestaria, y de la Dirección de Presupuesto Nacional.

Ellos manifestaron que incluía nuevas obligaciones para entidades como el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto y para el el Ministerio de Justicia y Paz; sin identificar una fuente de financiamiento para ellas.

La Dirección de Presupuesto incluso señaló que, si no se toma en cuenta una fuente de ingresos para cumplir con las nuevas obligaciones, como llevar un registro de organizaciones religiosas e incentivar la libertad de culto, se podrían estar violentando principios fiscales constitucionales establecidos en los artículos 176 y 179 de la Carta Magna.

El proyecto recoge indicaciones de iniciativas que se impulsaron en el pasado por el propio PRN, desde el período 2010-2014, cuando era diputado el actual legislador Carlos Avendaño. La iniciativa siempre generó críticas por los posibles beneficios que generaría para iglesias en cuestiones legales y operativas, en sus diferentes versiones impulsadas desde aquel entonces.

El texto también fue retomado en el período 2014-2018 por el entonces diputado Fabricio Alvarado, quien también fue parte de Restauración Nacional, y luego lo recogió la bancada que llegó al Congreso de su mano en el período actual, aunque con algunas variantes.

El texto ahora continuará camino a su discusión en Plenario legislativo; sin embargo, primero recibirá criterios actualizados de diversidad de instituciones.

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