Testigo asegura que sopesó las condiciones del río Naranjo, su confianza en el kayakista de rescate y la disposición de los pasajeros
04/08/21 | 11:00am
Un guía turístico suspendió un paseo en balsa con ocho personas momentos antes del accidente acuático en el que fallecieron cuatro turistas estadounidenses la tarde del 20 de octubre de 2018 en Quepos.
Esto al considerar -entre otras- las condiciones del río Naranjo, según explicó este martes el guía Róger Canales, de la empresa Tico Loco, durante la reanudación del juicio por la muerte de los extranjeros a cargo del Tribunal Penal de Quepos y Parrita, el cual empezó el 5 de julio pasado.
De acuerdo con el operador turístico, el nivel de las aguas en el torrente se mantenía por encima de las piedras que sirven como marca natural para saber si se puede o no navegar; esto a pesar de que cuando el grupo -conformado por cuatro hombres y cuatro mujeres- arribó al sitio, las condiciones del tiempo eran buenas.
Otros factores que Canales dijo que influyeron en su decisión eran que no confiaba en el kayakista que debía auxiliar a los ocupantes de la balsa en caso de una caída y que las mujeres que harían el viaje estaban indispuestas. Incluso, ante una pregunta del defensor del encartado Jeison Contreras, Jorge Salas, el testigo aseguró que él habría realizado el tour de haber sido todos sus pasajeros masculinos.
En el caso del accidente acuático en el que fallecieron los estadounidenses Sergio Luis Lorenzo (32 años), Andrés Denis (30), Ernesto Sierra Estrada (25) y Jorge Tomas Caso (22) además del guía costarricense Kevin Thompson (45), la Fiscalía de Quepos y Parrita achaca a Danly Pessoa -dueño de la empresa Quepoa Expeditions S.A.- así como a los guías Jeison y Christopher Contreras, el delito de peligro de naufragio y desastre aéreo.
Dicho ilícito está contenido en el 258 del Código Penal y se entiende como la ejecución de un acto que ponga en peligro la seguridad de una nave.
Para su represión, la norma señala penas que van desde los 2 a los 18 años de cárcel; lo cuales varían entre, por ejemplo, si se produce el naufragio o si de este alguno de los pasajeros resultan heridos o fallecidos.
Específicamente, la pieza acusatoria apunta que Pessoa, los hermanos Contreras y Thompson, en su condición de guías, llevaron adelante un paseo en tres balsas con 14 turistas estadounidenses, aún cuando para el día de los hechos persistían aguaceros en el Pacífico Central como consecuencia del paso de la onda tropical 43 de ese año.
Lo anterior generó la crecida del torrente, fuertes corrientes y aguas turbias que “evidenciaban peligro para la seguridad de cualquier construcción flotante que pretendiera navegar por el cauce del río Naranjito”, dice el documento.
“Teniendo los acusados pleno conocimiento que se mantenían todas las condiciones de peligro para la seguridad de las tres embarcaciones y a sabiendas del peligro que representaba para las mismas, tomaron la decisión de zarpar al cauce del río Naranjo, poniendo en la seguridad de dichas embarcaciones en grave peligro”, agrega.
Aproximadamente cinco minutos después de iniciado el recorrido, las balsas volcaron en una curva producto de la fuerte corriente y naufragaron. Quienes viajaban en estas cayeron al agua “a merced de las violentas corrientes, resultando arrastrados, golpeados por olas y piedras, y succionados por los remolinos hasta el lecho del río”.
Producto del accidente, los pasajeros sufrieron diversos tipos de lesiones y cinco murieron de asfixia por sumersión en el lugar.
Uno de los sobrevivientes, Iván Brok, aseguró el 7 de julio bajo juramento que los guías turísticos del trágico paseo insistieron en llevarlo a cabo aún cuando eran conscientes de que las condiciones no eran las apropiadas. También aseveró que llegó a notar -mediante sus gestos- que los propios guías tenían diferencias sobre la pertinencia de realizar el tour.
Por eso el testigo señaló que en reiteradas ocasiones se le preguntó a los guías sobre la seguridad del viaje ante lo que le dijeron que no debía preocuparse.
"Él (Thompson) nos dijo que si pasaba algo, cualquier cosa, el tipo que estaba en el kayak nos rescataba. Nos dijo que no nos preocupáramos, que todo iba a estar muy relajado y que no iba a ser nada grave. Le preguntamos varias veces que si estaba seguro, que si no iba a fallecer nadie. Nos dijo que nadie iba a estar lastimado o muerto. Nos dijeron 10 veces que todo estaba bien y que no iba a pasar nada", contó el sobreviviente.
No obstante, el kayakista Christopher Contreras, fue acusado de dos cargos de presunta omisión de auxilio, toda vez que, como encargado de seguridad en el tour, en apariencia ordenó a dos turistas soltar el kayak al que se aferraron en un intento por salvar sus vidas mientras flotaban en el cauce del río Naranjo.
La Fiscalía señaló en su acusación que el imputado “pudiendo prestar ayuda a los agraviados Luis Henry Beltrán y Evelio Mesa, sin riesgo para él por encontrarse seguro en el kayak, omitió hacerlo y contrario a sus deberes como rescatista, les dio la orden de soltarse del kayak, dejando a ambos a flote en el río, a expensas de las violentas corrientes que para ese momento imperaban”.
Estos dos turistas finalmente lograron nadar a la orilla y ponerse a salvo.
De forma subsidiaria, el Ministerio Público acusó el delito de homicidio culposo, que está contenido en el numeral 117 del Código Penal. No obstante, la definición de los ilícitos quedará pendiente hasta las conclusiones del debate, una vez que se haya evacuado la prueba testimonial y documental.
Las familias de las víctimas, cuya representación está a cargo de la abogada Gloria Navas Montero, interpuso una querella que le atribuye a Pessoa Calvo y los Contreras Martínez un homicidio simple, al igual que a un estadounidense de apellido Jefrry Townsend.
A este último, la parte querellante le atribuye “la organización desde los Estados Unidos comunicándose con sus clientes y aquí en Costa Rica el tour”, dijo a AmeliaRueda.com la jurista.
También se presentó una acción civil resarcitoria con la que se pretende una indemnización por daños morales de $400.000 ($100.000 por familia).
Inicialmente, el debate estaba programado para celebrarse hasta el 16 de julio; sin embargo, este continúa en desarrollo este miércoles en la sala uno de los tribunales del I Circuito Judicial de San José; recinto al que fue trasladado desde el Tribunal Penal de Quepos y Parrita por razones de espacio y limitaciones de aforo impuestas con motivo de la pandemia del nuevo coronavirus. Las juezas a cargo son Helen Arias Solano (preside), Sandra Arrieta Sánchez y Mariana Ramón Fernández.
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