Una iniciativa de ley se aprobó esta tarde en segundo debate, por lo que solo resta la firma y la publicación por parte del Poder Ejecutivo para su entrada en vigor.
26/05/20 | 15:47pm
Los funcionarios públicos ya no podrán cobrar dietas superiores ¢861.000 y pensiones con cargo al presupuesto de forma complementario. La prohibición fue aprobada esta tarde en segundo y último debate por la Asamblea Legislativa, con el voto afirmativo de 44 legisladores presentes.
El proyecto, que ahora será ley de la República, establece que los funcionarios que devenguen alguna dieta no podrán recibir el beneficio por jubilación, con la única excepción de aquellos que reciban dietas inferiores a tres salarios base de la posición más baja en la escala salarial de la administración pública (¢287.000 a hoy).
Al respecto, el diputado del Frente Amplio, José María Villalta, comentó en el Plenario legislativo que la intención de la nueva ley es "frenar prácticas abusivas" que se han aplicado por años, sin descuidar a personas que reciben dietas menores, que apenas complementan parte de sus ingresos por pensiones.
Acabamos de aprobar un importante proyecto para fortalecer los controles sobre las pensiones con cargo al presupuesto y frenar abusos. pic.twitter.com/DsRWz6FNIE
— José María Villalta Flórez-Estrada (@josemvillalta) May 26, 2020
Por ejemplo, dijo Villalta, la ley cubre a "nombramientos que se dan en juntas directivas de instituciones donde se realizan cobros cuantiosos por dietas", pero no a cargos como "muchas regidurías de consejos municipales, en las que se pagan montos pequeños".
La nueva ley además mantiene la suspensión de pensiones cuando funcionarios públicos se reintegran o asumen diputaciones; al tiempo que gira directrices a la Dirección Nacional de Pensiones (DNP) para que cumpla con los controles debidos. Asimismo, se establece como una "falta grave" el incumplimiento de las normas planteadas en esa línea.
En caso de parejas sobrevivientes, el proyecto señala que únicamente podrán recibir la pensión de sus cónyugues cuando la remuneración que reciben en algún cargo público no supere los cinco salarios base; es decir, ¢1.4 millones.
Por último, la nueva ley obliga a las personas pensionadas comunicar si se reintegran a la función pública y, de no hacerlo, faculta a la DNP para que cobre una multa del 25% de lo percibido en el período del incumplimiento.
La nueva ley además regula más estrictamente la revisión de pensiones. Dicta que, una vez que el funcionario reingrese a cualquier cargo del Estado, únicamente podrá solicitar la revisión de su pensión por inflación, en caso de que que se haya suspendido el beneficio por un tiempo determinado.
Al respecto, Villalta señaló que se busca evitar prácticas adoptadas por diputados y funcionarios que han solicitado revisiones de pensiones en el pasado, para pedir un aumento en sus pensiones después de trabajar en por períodos pequeños.
Según el frenteamplista, la idea se retomó de un expediente viejo del exdiputado de su partido, José Merino, y prioriza la suficiencia del sistema de pensiones por encima de prácticas que lo han debilitado.
En total, las pensiones con cargo al presupuesto incluyen 17 regímenes (8 contributivos, 7 no contributivos y 2 regímenes de prejubilación) y su financiamiento supera el ¢1,1 billones anuales.
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