Empleo Público,Reforma a empleo público,Diputados,Asamblea Legislativa
Los diputados tomaron la decisión de agregar la inhabilitación este jueves.

Funcionarios despedidos por sanción serían inhabilitados por hasta dos años de sector público

​Los diputados aprobaron una moción al proyecto de reforma a empleo público, en la cual se establece la inhabilitación para aquellos trabajadores cesados sin responsabilidad patronal.

25/02/21 | 16:29pm

Los funcionarios públicos que sean despedidos sin responsabilidad patronal quedarían inhabilitados para ejercer otros cargos públicos por un período de entre seis meses y dos años.

Así lo aprobaron los diputados de la Comisión de Gobierno y Administración del Congreso este jueves, a través de una moción que presentaron los diputados Carlos Avendaño y Xiomara Rodríguez, del Partido Restauración Nacional (PRN).

La moción agregó una coletilla adicional al inciso a del artículo 4 del proyecto, sobre el principio de Estado como patrono único, según la cual "las sanciones que generen despido sin responsabilidad patronal del funcionario en una institución, de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente, impedirán a cualquier otra entidad u órgano que forme parte del Estado contratarlo por un plazo que va de seis meses a dos años".

El texto únicamente fue rechazado por el liberacionista David Gourzong. Fue respaldada por Victor Morales y Nielsen Pérez, del Partido Acción Ciudadana (PAC); Luis Fernando Chacón, de Liberación Nacional (PLN); Pablo Abarca, de Unidad Social Cristiana (PUSC); y los independientes Dragos Dolanescu y Jonathan Prendas.

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Esta moción es una de las 101 propuestas de modificación que ya se discutieron y votaron, del grupo de 474 que los 57 diputados propusieron para realizar las últimas modificaciones al plan de empleo público.

Las restantes 373 se tramitarán la próxima semana, de martes a viernes (de ser necesario); de modo que el proyecto pueda pasar a discusión final en el Plenario legislativo.

Entre otros detalles, el proyecto de ley 21.336 propone ordenar una escala salarial única que garantice igual retribución a igual trabajo en todo el sector público. Asimismo, agrega cinco amarres a la negociación de convenciones colectivas, incluida la prohibición de acordar pluses salariales o modificaciones en remuneraciones, y establece do nuevas modalidades de despido de la función pública (por desempeño deficiente y por reestructuración institucional o falta de recursos).

El proyecto de ley incluye dentro de su ámbito de aplicación a toda la institucionalidad pública, con excepción de las empresas públicas en competencia, los entes públicos no estatales y el Benemérito Cuerpo de Bomberos.

Despido por ineficiencia

La reforma al empleo público incluyó una fórmula para que las instituciones puedan despedir a funcionarios ineficientes. Específicamente, se obliga a las entidades públicas a realizar evaluaciones de desempeño de sus trabajadores y, en caso de que estos obtengan dos notas deficientes (menores a 70%), puedan ser separados sin responsabilidad patronal.

Además de esa posibilidad, el texto agrega la posibilidad de despido por reestructuración organizacional que afecte al menos a un 50% de los trabajadores o por reducción forzosa de fondos ante falta de recursos públicos; sin embargo, estos casos sí implican pago de prestaciones.

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