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El presidente Rodrigo Chaves fue señalado por la Sala Constitucional por el uso excesivo de lenguaje ofensivo. (Foto: Casa Presidencial).

Estado condenado a indemnizar por lenguaje ofensivo contra periodistas usado por presidente Chaves

“Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo”, dicta el por tanto

23/05/23 | 17:23pm

El Estado deberá indemnizar por lenguaje ofensivo contra periodistas usado en la polémica conferencia de prensa del pasado 9 de enero, en la que el presidente de la República, Rodrigo Chaves, y la ahora exministra de Salud, Joselyn Chacón, utilizaron calificativos como “maldito” y “sicarios políticos”.

Así lo determinó la Sala Constitucional al resolver, mediante resolución 2023-012085 del 23 de mayo de 2023, que existió una violación a la libertad de prensa al usar ese tipo de lenguajes.

“Se condena al Estado al pago de las costas, daños y perjuicios causados con los hechos que sirven de base a esta declaratoria, los que se liquidarán en ejecución de sentencia de lo contencioso administrativo”, dicta el por tanto emitido por la Sala bajo la resolución 2023-012085.

El recurso se declaró con lugar parcial “únicamente para efectos indemnizatorios”, indicó la Sala mediante un comunicado

Dichos vocablos se usaron tanto por Chaves como por la exministra de Salud Joselyn Chacón en el evento en que se refirieron a las denuncias por el pago a un trol para atacar a diputados y periodistas.

Si bien el máximo Tribunal hizo hincapié en que los funcionarios públicos tienen derecho a ser críticos de la labor de los periodistas, esas expresiones ofensivas son las que proceden a lesionar la libertad de prensa.

Al respecto, el abogado Rodolfo Brenes comentó a AmeliaRueda.com que hubo un exceso del señor presidente al llamar “sicarios políticos” a comunicadores.

Brenes reconoció que los funcionarios públicos están expuestos de manera crítica e intensa como parte de las reglas del juego en una democracia, pero también tienen la obligación de garantizar los derechos de las personas.

“Un presidente que llama canallas, ratas, fauna, sicarios políticos a periodistas, está generando un ambiente de violencia verbal que puede llevar inclusive a la violencia física y eso es lo que está señalando la Sala Constitucional”, indicó.

Sostuvo que ese lenguaje usado por Chaves no es admisible en una democracia y que es un exceso a la libertad de expresión.

Brenes citó que existe jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) en relación con el expresidente de Venezuela Hugo Chávez, en donde se consideró que su lenguaje agresivo hacia comunicadores es un atentado contra la libertad de expresión.

Expuso que al incurrir el mandatario en ese tipo de comportamiento, será el Estado costarricense quien asuma el pago de costas y daños ocasionados por este proceso.

Decisión correcta

El abogado constitucionalista Rubén Hernández manifestó a AmeliaRueda.com que la sentencia va en la dirección correcta porque no se puede ejercer el derecho de defensa insultando a los demás.

Añadió que no se puede llegar al ataque personal ni usar frases que resulten ofensivas o denigrantes, porque el periodista merece respeto.

“Se sienta un precedente importante en el cual significa que no se está limitando la libertad de los funcionarios públicos de defenderse y explicar a los periodistas, pero deben hacerlo dentro de los cauces de la decencia usando un lenguaje acorde con las circunstancias”, sostuvo.

El abogado dijo que la sentencia es importante porque delimita la cancha en el uso del lenguaje que debe usar el funcionario público para las críticas de los periodistas.

Incluso detalló que el caso puede verse con penalistas para valorar si esos calificativos de Chaves entran en los delitos contra el honor, como la injuria, calumnia y difamación, tipificados en el Código Penal.

Con respecto al pago del Estado, comentó que es el Ministerio de Hacienda el que lo paga como una demanda automática, que en el caso por el pago de costas lo que se reconocen son ₡175.000 cada vez que los Tribunales establecen procesos de ejecución de sentencia.

En el caso de los daños morales, el monto no excede el ₡1 millón, según señaló el funcionario.

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