CCSS tiene tres días para emitir criterio sobre norma técnica para aborto terapéutico
11/12/19 | 08:46am
La norma técnica sobre el aborto terapéutico es una guía para los médicos y las pacientes en caso de que la vida de una mujer esté en peligro durante el embarazo, pero que además no tiene injerencia en la toma de decisiones del Poder Judicial.
Así lo explicó este miércoles el ministro de Salud, Daniel Salas, en una entrevista en el programa radiofónico Nuestra Voz donde aclaró las dudas que existen sobre el documento enviado el martes a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) para obtener un criterio de las autoridades de esa entidad.
"Estamos claros, el Poder Ejecutivo no puede establecerle las reglas de decisión a un juez; esto es una norma para los médicos y las pacientes, una guía técnica, que establece los pasos para llegar a esa decisión técnica de si es recomendable o no la interrupción del embarazo para salvar la vida de una mujer (...) No es una norma para jueces, es una norma para los médicos y pacientes", afirmó el jerarca.
La aclaración de Salas se da luego de que el abogado Fabián Volio cuestionara el nivel de injerencia que podría tener esta disposición en el Poder Judicial.
"El ministro explicó que si se va a publicar como un decreto ejecutivo entonces quedaría clara esa definición por jerarquía y tipo de norma", mencionó.
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La Caja tiene un plazo improrrogable de tres días para que se pronuncie sobre el texto. Una vez que el ministerio reciba las observaciones de esa entidad, realizará los cambios que crea necesarios al documento y lo pasará al presidente Carlos Alvarado para su respectiva firma.
Salas fue claro una vez más que esta norma no abre ningún portillo al aborto libre, como lo han asegurado algunas personas.
"Los mismos médicos, los mismos pacientes no saben cómo proceder, cómo solicitar la valoración, cómo los médicos pueden estar más seguros de que están actuando conforme a algo claro. Si al momento de la recomendación final es que interrumpa el embarazo la mujer puede decidir si quiere continuar con el embarazo. Esto no abre ningún portillo al aborto libre, esto ha sido una revisión muy rigurosa al amparo del artículo 121 del Código Penal", comentó el ministro.
Igualmente, especificó que en el caso de las mujeres que presentan algún problema de salud mental dicha norma no abre la opción a interrumpir el embarazo, y que para estas situaciones existen tratamientos para ayudar a la persona.
Mientras tanto, la diputada del bloque independiente Nueva República, Ivonne Acuña, afirmó que existe una gran preocupación por esta norma técnica, que desde su punto de vista no era necesaria.
"Nuestras preocupaciones son de índole técnico y de índole jurídico, aquí no estamos en temas religiosos", dijo la legisladora.
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El mandatario se comprometió a firmar antes de que termine 2019 la norma técnica, aunque siempre que se le consulta sobre el tema dice no tener fecha aún para hacerlo.
El artículo 121 del Código Penal, vigente desde 1971 en Costa Rica, establece que el aborto no es punible "si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y éste no ha podido ser evitado por otros medios". Sin embargo, la falta de regulación –por ejemplo, un protocolo–obstaculiza su aplicación.
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