Una cláusula de escape permitiría levantar la norma de contención si los gastos corrientes para atender la emergencia superan el 0,3% del PIB (alrededor de ¢110.000 millones).
25/03/20 | 18:12pm
El Gobierno de la República puede desaplicar parcialmente la regla fiscal, ante la emergencia decretada para la atención de la pandemia por Covid-19 (cornavirus). Sin embargo, únicamente podría hacerlo para las instituciones que colaboren con la la atención del problema, afirmó la ministra de Planificación, Pilar Garrido.
Las "emergencias nacionales" y las recesiones económicas son las únicas dos cláusulas de escape que contempló la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas (popularmente conocida como la reforma fiscal), en donde se colocó la regla fiscal como un mecanismo para contener el gasto público.
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En el texto de la ley, la norma establece que el Gobierno podría desoír el límite fiscal, siempre y cuando la atención de a emergencia, cualquiera que sea, "implique una erogación de gasto corriente igual o superior al cero coma tres por ciento (0,3%) del PIB".
Tomando como referencia el PIB de 2019, un 0,3% de la producción implicaría ¢108.840 millones.
Según la reforma fiscal, la desaplicación de la norma podría extenderse por un máximo de dos ejercicios presupuestarios, en los que el gobierno tendría que indicar sus propios límites de gasto y medidas de contención adicionales.
Sobre esta posibilidad, la ministra de Planificación y Política Económica, Pilar Garrido, indicó que se trata de una idea contemplada por el Gobierno, pero que únicamente podría aplicarse de forma parcial, dentro de las instituciones que colaboren directamente con la emergencia.
"En este momento estamos analizando todas las posibilidades de financiamiento que se necesitan, tanto de la parte sanitaria estrictamente como de la parte social y de atención de las personas que han perdido sus ingresos por la pandemia", afirmó.
"De ser necesario, lo estaríamos aplicando para las instituciones que están vinculadas directamente con la atención de la emergencia, porque no aplica para todo el sector público", detalló.
La regla fiscal se creó en 2018 para imponer un límite al crecimiento del gasto público. Para ello, ligó su porcentaje máximo de crecimiento al rendimiento de la economía en los últimos cinco años y a los niveles de la deuda pública.
Por ejemplo, Costa Rica registró una deuda pública del 58,5% del PIB en 2019 y el Banco Central proyectó, en enero de este año, un 61% del PIB para 2020. Ante esos escenarios, el país tiene dos escenarios posibles.
Cuando el porcentaje de la deuda oscila entre el 45% y el 60% del PIB, el crecimiento interanual del gasto corriente no puede sobrepasar el 75% del promedio del crecimiento de la producción nominal de los útlimos cinco años. En cambio, cuando la deuda supera el 60% del PIB, la restricción se impone sobre todos los gastos públicos (y no solo sobre el gasto corriente), con un tope todavía inferior del 65% del crecimiento promedio de la producción.
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Para este 2020, el Banco Central estimó que el país entraría en la dinámica más fuerte de la regla fiscal. No obstante, dicha proyección la hizo antes de un anuncio del Gobierno que reduciría el porcentaje de la deuda pública en un 1,19% del PIB, según comunicaron.
El Gobierno anunció, a inicios de marzo, que 14 instituciones ya no podrían contabilizar sus ahorros de caja chica como títulos valores con la Tesorería Nacional, una movida que rebajaría en un 1,19% del PIB los niveles de deuda para este mismo año.
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