Tribunal Contencioso Administrativo da la razón a productores de Santa Cruz de Turrialba
20/04/23 | 06:16am
La empresa Dos Pinos y la compañía Sigma perdieron la demanda con la que pretendía anular la denominación de origen “Queso Turrialba”.
Así lo resolvió la sentencia 23-2023-I del Tribunal Contencioso Administrativo (TCA) del 19 de abril de 2023, y que fue notificada este miércoles en horas de la noche.
Con esta resolución, el Tribunal le da la razón a la Asociación de Productores Agropecuarios de Santa Cruz de Turrialba (ASOPROA) en el expediente 13-005574-1027-CA.
En setiembre de 2011, mediante el registro 144042, el Registro de la Propiedad Industrial confirió a ASOPROA la denominación de origen “Queso Turrialba” para identificar a ese tipo lácteo que se produzca únicamente en esa región turrialbeña.
Tanto Dos Pinos como Sigma apelaron la decisión ante el Tribunal Registral Administrativo, no obstante fueron rechazadas, por lo que buscaron agotar todas las instancias a través del Contencioso.
El Contencioso rechazó la defensa por “falta de legitimación activa invocada por las asociaciones accionadas”, según señalaron los jueces Carlos Mejías Rodríguez, Claudia Bolaños Salazar y Laura Gómez Chacón.
Para el abogado de ASOPROA, Belisario Solano, la sentencia de 70 páginas señala tres elementos fundamentales:
-El Tribunal hizo hincapié a las características propias del producto con que se tutela la denominación de origen responden al pliego de peticiones aprobado por el Registro Nacional.
-La resolución viene a proteger un producto único que tienen las características de originalidad, no solamente en la zona donde se produce (porque se limita el espacio geográfico), sino porque ahí le da esas características físicas e históricas que permiten la elaboración de los cuatro tipos; y
-El otro aspecto importante, según Solano, es que se puede coexistir sin problemas con las marcas de queso que las empresas actoras tienen inscrito cuando usan el concepto del tipo.
Añadió que el Tribunal hace una distinción entre la originalidad del producto y la industralización del mismo.
De acuerdo con el abogado, la parte que perdió la demanda tiene 15 días hábiles para valorar la posibilidad de interponer un recurso de Casación.
Las audiencias se realizaron entre el 15 y el 23 de marzo, según confirmó el abogado de ASOPROA, Belisario Solano.
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