Departamento de Servicios Técnicos señala que la sesión se puede suspender ante falta de quórum o por necesidades urgentes.
22/04/21 | 14:08pm
El Directorio de la Asamblea Legislativa contempla una posible afectación de la sesión del 1° de mayo, con motivo de los casos del nuevo coronavirus detectados en diputados y funcionarios en las últimas 24 horas.
Tan es así que el presidente de ese órgano, Eduardo Cruickshank Smith, informó este 22 de abril que solicitó un criterio al Departamento de Servicios Técnicos, para que determine de qué manera se debe proceder ante una eventual imposibilidad de celebrar el acto solemne, por el inminente aislamiento de los 57 congresistas.
Ese despacho -a través de un documento firmado por su director Fernando Campos Martínez, del cual AmeliaRueda.com tiene copia- respondió al parlamentario del Partido Restauración Nacional (PRN) que la Constitución Política prevé en su artículo 117 la posibilidad de no realizar la sesión por falta de quórum o por necesidades urgentes (como en casos de guerra, conmoción interna o calamidad pública, según el ordinal 180).
De acuerdo con ese pronunciamiento, la convocatoria al acto del 1° de mayo -que marca el inicio de una nueva legislatura y en la que se elige al nuevo Directorio- es automática pero puede abrise con en una "fecha inmediata posterio", "siempre y cuando se reúnan los dos tercios del total de sus miembros". Es decir, la sesión podrá realizarse tan pronto logren reunirse en Cuesta de Moras al menos 38 de los 57 legisladores.
"Entonces, de acuerdo con la situación que enfrenta la Asamblea en la actualidad, para que se suspenda la sesión del 1° de mayo por un caso de necesidad urgente, es necesario que exista un criterio técnico autorizado que sustente dicha necesidad y que por ende habilite al Directorio Provisional para tomar la decisión de no llevar a cabo la sesión que corresponde en el día señalado, aun cuando está previamente convocada a tal efecto.
Dicha opinión técnica solo puede ser un acto jurídico administrativo razonado del ministro de Salud, Daniel Salas Peraza, dado el estado de emergencia nacional por el virus del SARS-CoV-2 que atraviesa el país; precisó Campos Martínez en la respuesta dada a Cruickshank Smith.
Asimismo, el documento detalla que deberá entenderse por Directorio Provisional su actual conformación; no obstante, si ninguno de estos puede presentarse a la sesión, el diputado de mayor edad entre los presentes deberá presidir el acto y nombrar ad hoc a los secretarios primero y segundo.
Por último indica que todo contagio de covid-19 será entendido como un motivo de fuerza mayor para que un congresista se ausente de la sesión. "Las señoras y los señores diputados están llamados a acatar lo dispuesto por el criterio técnico que emita el ministro de Salud para el caso que aquí se comenta y no existe una excepción constitucional que los faculte para actuar en contrario", subraya.
En virtud del contagio confirmado este 22 de abril de la parlamentaria María Inés Solís Quirós, así como del asesor de la Presidencia del Congreso, Alberto Trejos Jiménez, anunciado el día antes, el Directorio acordó:
Sumado a ello, el presidente del órgano, Eduardo Cruickshank Smith, comunicó que en caso de que el Ministerio de Salud acoja la solicitud del Departamento de Servicios de Salud, de aislar por 10 días a los 57 diputados, el Plenario no podrá sesionar hasta el 2 de mayo próximo. "Estamos a la espera de que el área rectora de Salud nos comunique sobre la emisión de estas órdenes", manifestó el congresista.
Lea: Aislar a los 57 diputados por 10 días, pide médico del Congreso ante contagios de covid-19
Nota del redactor: Esta publicación fue ampliada a las 2:05 p.m. del 22 de abril de 2021.
Noticias, reportajes videos,
investigación, infografías.
Periodismo independiente en Costa Rica.
(506)4032-7931
|
comunicados@ameliarueda.com
Privacidad