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Educación Vial

Procuraduría: expedición de licencias es potestad “indelegable e intransferible” de Educación Vial

​Funcionarios se respaldan en documento del 2007 para descartar que se pueda tercerizar el servicio, sin embargo, abogados difieren de esa opinión

19/02/21 | 11:20am

Un criterio de la Procuraduría General de la República (PGR) del año 2007 establece que la expedición de licencias es potestad “de imperio indelegable e intransferible” de la Dirección General de Educación Vial (DGED).

El documento C-126-2007 será ahora la base que utilizarán los funcionarios de dicho departamento del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) para evitar que el ministro, Rodolfo Méndez Mata, avance en su idea de tercerizar el servicio de pruebas prácticas y teóricas de manejo.

Así lo indicaron los funcionarios organizados a AmeliaRueda.com, quienes prefieren aún no ser identificados debido a que alistan medidas legales y administrativas.

El criterio de la PGR se dio tras una diligencia que realizó la exministra Karla González, quien consultó sobre la viabilidad que tenía el MOPT para contratar a otro ente público (entidad bancaria) para la prestación de impresión de las licencias de conducir.

A partir de la consulta, la Procuraduría hizo el análisis y concluyó si era posible que otra entidad hiciera la impresión, aclarando que todo lo relacionado con la “expedición” como las pruebas eran responsabilidad exclusiva de Educación Vial.

“La expedición ha sido entendido como la manifestación concreta de una potestad de imperio, y que podemos precisar en el sentido de que se trata del acto concreto mediante el cual la Dirección General de Educación Vial constata que el ciudadano ha cumplido todos los requisitos pertinentes para acceder al permiso”, se indica en las conclusiones.

Para los funcionarios de la DGED este criterio es vinculante e impedirá al jerarca del MOPT avanzar con su idea de tercerizar el servicio y dar al Banco de Costa Rica (BCR) la aplicación de las pruebas.

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¿Vinculante?

Para el abogado constitucionalista Edward Cortés, el criterio de la PGR sí es vinculante y afectaría las intenciones del ministro del MOPT de tercerizar el servicio de pruebas de manejo, aunque agrega que al ser un documento del 2007 existe la posibilidad de que Méndez Mata plantee una nueva consulta y la PGR cambie de opinión.

“El trámite de licencias tal cual existe es circunstancial a ese departamento y queda claro que no puede ser transferido, bajo ninguna circunstancia, el criterio de la Procuraduría es correcto y deja claro que lo único que se puede ceder es el proceso de citas, por ejemplo, o impresión del documento, para que sea más ágil”, dijo el experto.

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Opinión contraria tiene el abogado constitucionalista, Fabian Volio, quien asegura que los términos de “indelegable e intransferible” que se mencionan en el criterio de la PGR hacen referencia, más bien, a que el Estado no puede renunciar a dar esos servicios, pero no le impide contratar a un tercero para que lo haga a su nombre, como ocurre actualmente con la Revisión Técnica Vehicular.

“Cuando el Estado contrata a una empresa privada para que gestione una de sus funciones no es que la pierde, sino que precisamente permite que un tercero la gestione a su nombre, pero el Estado sigue siendo el dueño del servicio y quien lo fiscaliza”, manifestó.

El pasado 12 de febrero, el ministro Méndez Mata reconoció que no tienen la capacidad para ofrecer un servicio de licencias de conducir de calidad, incluso, lo cataloga como “vergonzoso”. Es por esa razón que propuso al BCR hacerse cargo de la realización de las pruebas teóricas y prácticas de manejo.

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