Se trata de un requisito para las personas que viajaron al territorio norteamericano y solo pudieron inocularse con la primera de dos dosis de un biológico
19/05/21 | 18:58pm
El Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto (MREC) publicó este 19 de mayo los pasos para apostillar o legalizar el comprobante de una vacuna contra el nuevo coronavirus aplicada en Estados Unidos, para los costarricenses que viajaron a país y solo pudieron inyectarse con la primera de dos dosis que recomiendan la mayoría de los fabricantes de estos biológicos.
Dicho trámite -con el que se reconocen documentos emitidos por autoridades extranjeras- debe aplicarse al certificado o al carné de vacunación como requisito para solicitar a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) la segunda dosis de una inyección -como por ejemplo, la de Pfizer/BioNTech- que la persona no haya podido aplicarse en el gigante norteamericano por motivos de tiempo, toda vez que para completar el esquema -desde este 17 de mayo- deben transcurrir 12 semanas desde la primera inoculación.
Sin embargo, hay que que tener claro que ese proceso se realiza ante la Secretaría de Estado del lugar donde una persona se vacuna, en acatamiento a lo dispuesto en el Convenio de Apostilla de La Haya, la Convención para la Eliminación del Requisito de Legalización por los Documentos Públicos Extranjeros y la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas.
En este punto es necesario recalcar que en caso de que quien lo inyecte no sea un funcionario público, deberá conseguir certificar que esa persona que firma el comprobante está autorizada para tal fin. Una vez con esto, deberá llevar deberá conseguir una autenticación ante los Centros para el Control y Prevención de Enfermedades (CDC, por sus siglas en inglés) o el Departamento de Salud del respectivo estado.
Una vez que cuente con la certificación de la autoridad de salud, deberá llevarlo a la Secretaría de Estado para que quede debidamente apostillado. Ese trámite tiene costos y plazos que varían según el lugar, ante lo que la Cancillería recomendó contactar a la oficina apostilladora de conveniencia mediante la consulta a este enlace.
Cuando cumpla con todos estos trámites, usted podrá presentar el comprobante legalizado ante la Caja, no el Ministerio de Relaciones Exteriores. Es importante que al momento de presentar el documento, este esté en español. En caso de estar en un idioma distinto, deberá buscar un traductor oficial.
Recuerde que además del comprobante legalizado, la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología (CNVE) -liderada por el Ministerio de Salud- estableció a la institución que vela por la seguridad social otros tres requisitos:
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