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La única condena fue la del bailarín Teodoro Miranda por 50 años. (Foto: GGS).

Dudas del tribunal permitieron absolutoria de hotelero e ingeniero acusados en crimen de Cedeño

Fiscalía no descarta apelar: “los están absolviendo por dudas, no porque sean inocentes”.

21/04/23 | 19:01pm

El Tribunal Penal de Quepos enfatizó que la absolutoria del empresario hotelerio Harry Bodaan y del ingeniero Luis Miranda obedeció a que no se alcanzó un “grado de certeza” en las pruebas recabadas para condenarlos en el crimen de la doctora María Luisa Cedeño.

El argumento fue explicado por el juez César Palma en la sala de juicios número 3 de los Tribunales de Segundo Circuito Judicial de San José en Goicoechea durante el momento en que se procedió a hacer la lectura del “por tanto”.

Tanto Bodaan como Miranda resultaron imputados en el caso por presuntamente ser cómplices en la violación y posterior asesinato de la anestesióloga ocurrida el 20 de julio de 2020 en el Hotel La Mansión Inn en Manuel Antonio, Quepos, Puntarenas.

La Fiscalía presentó la prueba en tres marcas de mordiscos en el cuerpo de la doctora, con base en el análisis forense aplicado al mismo una vez realizado su levantamiento de la escena del crimen.

Dicho análisis no descartó que el empresario hotelero fuera el actor de provocarle las marcas en su mejilla derecha y el brazo derecho, mientras que a Miranda se le involucraba por una marca del seno izquierdo de la doctora.

No obstante, la defensa de los ahora absueltos consideró que un dictamen odontológico no podría vinculársele a una persona con lesiones de mordiscos.

De acuerdo con el análisis de los jueces, “no se encontró prueba” que los vinculara de forma directa con la escena del crimen, por los cuales fueron absueltos. Ellos resultaron absueltos por el principio in dubio pro reo, es decir, por duda.

En detalle

De acuerdo con la lectura judicial, en el caso de Miranda el 25 de julio de 2020 se le tomaron las muestras dentales, las cuales son usadas por la pericia odontológica en esta causa.

El Tribunal considera que no hay constancia dentro de la prueba incorporada al expediente que se le hubieran hecho incluyendo sus derechos fundamentales, como ser asistido por un abogado o abstenerse a declarar.

Agregaron los jueces que “a la hora de tomar las muestras dentales el imputado Luis Carlos Miranda tenía que realizar una acción voluntaria para poder realizar esta pericia”.

Señalaron que fue alegado en su momento “que abrir la boca y mantenerla abierta no era un acto voluntario del imputado”. No obstante, esa circunstancia aunada a la intención del imputado para morder y poder establecerse sus muestras dentales en ese respaldo “conlleva una acción a criterio de este Tribunal y tiene que mantener inmóvil para que esta muestra se seque”.

En el caso de Bodaan, el jurado determinó que las pruebas realizadas “no alcanzaría según esa línea para aclarar que lo que se estuviera analizando fuese una mordida”.

De esa pericia se tenían tres dientes, pero en apariencia no se logró constatar que fuesen del empresario hotelero.

“Tenemos una multiplicidad de que estas características de recepción, de análisis, de marcar los bordes incisales, de llevar a cabo la pericia se intenta restablecer una sola línea para que todos los odontólogos forenses puedan llevarla a cabo”, señaló el juez Palma.

A su vez, citó que hubo profesionales que “nos hacen alusión a que no se cumplen en estricto sentido con estas reglas y que permitieran seguir en ese sentido con lo que tenemos hasta este momento, una imposibilidad de darle certeza a la pericia que se viene involucrando”.

“Al mantenerse una duda se debe aplicar el beneficio de in dubio pro reo. No existe grado de certeza en lo planteado por el Ministerio Público”, enfatizó el juez Palma.

Única condena

La única condena del Tribunal Penal de Quepos por el caso de la doctora Cedeño se le hizo al bailarín Teodoro Herrera Martínez a 50 años de prisión por los delitos de violación y asesinato.

El Tribunal le impuso la pena de 18 años por la violación, así como también 32 por el homicidio, según explicó el juez Palma.

Inicialmente, la Fiscalía solicitó 255 años de cárcel sumados contra Bodaan, Herrera y Miranda, por los delitos de homicidio calificación y violación calificada.

Dicha petitoria incluyó 89 años de prisión contra Herrera (35 por homicidio y 54 por la auditoría en tres delitos de violación), mientras que a Bodaan y Miranda se les solicitó 83 años a cada uno (35 por homicidio calificado y 48 como cómplices en tres casos de violación.

El Tribunal Penal de Quepos también fijó un monto por ¢928 millones producto de la acción civil resarcitoria para la familia de la doctora.

El Tribunal estableció un monto de ¢795 millones por daño material, así como ¢80,6 millones por daño moral y ¢53,7 millones por daño moral de la víctima.

Ese monto deberá ser pagado por el condenado Herrera y por el Hotel Ocean Tour Manuel Antonio S.A, denominada Proyecto La Mansión de Quepos S.A. una vez que quede en firme la sentencia.

Absolutoria por duda

El fiscal Édgar Ramírez manifestó que el Ministerio Público triunfó en este proceso porque se logró una condenatoria y a dos de los imputados “los están absolviendo por dudas, no porque sean inocentes”.

Ramírez agregó que se analizará la sentencia como un todo para ver los alegatos y las consideraciones del Tribunal en este caso “y que en muchos de los casos no compartimos criterio”, pero que eso se hará en su debido momento.

“Estamos muy satisfechos por toda la labor realizada. La investigación que el Ministerio Público realizó en este caso es el alto nivel y comprometió a todos los departamentos que conforman el Organismo de Investigación Judicial.

“Los dictámenes que realizaron nuestros peritos forenses estuvieron a nivel y cumplieron con todas las expectativas. La muestra más clara es que la condenatoria que se dio en este caso contra Teodoro Herrera Martínez viene a validar lo que hicieron los tres departamentos”.

En tanto que la fiscal Grettel Rosales señaló que los elementos resueltos por el Tribunal son muy contundentes para establecer las respectivas apelaciones.

Desde este viernes comenzaron a correr los 15 días hábiles para la interposición de apelaciones.

La sentencia íntegra estará disponible a partir de las 3 p.m. del viernes 28 de abril.

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