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Esta es la carta que debe presentar si necesita aplicar la excepción de la restricción

Descargue aquí la carta que debe presentar para aplicar la excepción a la restricción vehicular

A partir del 13 de abril, los vehículos tendrá prohibido circular dos días por semana

12/04/20 | 09:10am

Si usted necesita trasladarse dentro de los períodos de restricción por motivos laborales, debe portar una carta elaborada por su empresa, para aplicar a las excepciones establecidas por el gobierno.

Para descargar el formato de la carta, que fue proporcionado por Casa Presidencial, y adaptarla con su información y la de su empresa, haga click aquí

carta

Fuente: Casa Presidencial.

Esta carta deberá ir identificada con el logo de la empresa, la información de teléfono y correo en caso de que las autoridades necesiten verificar su veracidad.

El documento debe incluir la siguiente información para tener validez.

  1. El nombre de la persona trabajadora.
  2. El número del documento correspondiente de identidad.
  3. El horario de trabajo de la persona trabajadora.
  4. El domicilio de la persona trabajadora.
  5. El nombre de la empresa o la institución en la cual labora la persona trabajadora.
  6. La ubicación de la empresa o institución en la cual labora la persona.
  7. La excepción invocada
  8. El número de placa del vehículo en el cual requiere movilizarse la persona trabajadora.
  9. Firma de la persona encargada de emitir o de dar validez a la constancia laboral.
  10. En caso de que la persona trabajadora requiera trasladarse con el apoyo de otra persona, la constancia laboral deberá consignar los datos de esa segunda persona, sean nombre y documento de identidad.

De no portar el documento, los conductores se exponen a una multa de ¢110.387,09, el retiro de las placas y además descontar 6 puntos de la licencia de conducir, que implica la obligación de llevar un curso de sensibilización y reeducación vial presencia, durante una semana (5 días) y aprobarlo con al menos 80 para poder renovar la licencia.

Nuevas restricciones

De lunes a viernes, la prohibición se regulará por medio de la terminación de placas. Por ejemplo, los lunes NO podrán circular las matrículas que terminan en 1 y 2.

Los fines de semana, en cambio, la restricción se dividirá en dos y sólo se podrá circular para trasladarse supermercados o farmacias. Las placas cuyo último dígito sea un número par, NO podrán circular los sábados. Aquellas terminen en número impar NO puede circular los domingos.

Todo los días, la circulación será permitida entre 5 a.m. y 7 p.m., cuando la circulación está prohibida para todos los vehículos. Los servicios de autoservicio de comida están a sujeto a la restricción vehicular. El servicio a domicilio está permitido las 24 horas.

Restricción vehicular sanitaria del 13 al 30 de abril 2020

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