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Carlos Alvarado, presidente de la República

Carlos Alvarado no puede renunciar a su pensión de expresidente, dicen expertos

​Derecho a la pensión es irrenunciable y por esa razón el dinero deberá girarse a la persona, entidad o asociación que el mandatario elija

06/10/21 | 15:28pm

El presidente de la República, Carlos Alvarado Quesada, no puede renunciar a la pensión que le corresponde como exmandatario una vez que concluya su Administración, así lo establece la Constitución Política y lo resaltan los expertos.

Lo que sí puede hacer Alvarado, es pedir que el dinero se le deposite a otra persona, fundación, asociación o bien, a quien él decida.

“El artículo 74 de la Constitución Política dice que los derechos laborales son irrenunciables y la pensión es un derecho laboral, por esa razón es que él no puede renunciar a su pensión”, explicó a AmeliaRueda.com el abogado constitucionalista Rubén Hernández, quien agregó que lo que el mandatario deberá hacer es donar el dinero y pedir a Tesorería Nacional que su pensión se deposite a otra cuenta.

El experto dijo que es incorrecto hablar de renuncia porque el dinero se debe girar por disposición legal, lo que Alvarado deberá hacer, es decir: “en vez de darme a mi el dinero, se lo donó a X”.

“Recuerdo el caso de Óscar Arias en la segunda presidencia, cuando él ordenó que el salario que le correspondía como presidente se lo giraran todos los meses a una institución de beneficencia diferente y me parece que ese podría ser el mecanismo porque es como una donación”, agregó Hernández.

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La misma opinión la comparte el abogado constitucionalista Fabian Volio, quien reiteró que la pensión es un derecho y que se debe diferenciar entre el derecho a la pensión y recibir el monto de la pensión.

“Si la ley dispone que tiene el derecho a la pensión, ese derecho se mantiene, es decir, esa asignación se mantiene. Ahora, es muy diferente que usted reciba el monto asignado o decida que el monto asignado lo va a donar”, dijo Volio.

El experto explicó que la ley establece el beneficio y derecho de la pensión de los expresidentes y eso no lo puede cambiar Alvarado porque es una ley de la República y solo se podría modificar con otra ley.

“Entonces no se puede decir que renuncia a la pensión, porque eso no se puede, estaría renunciando al giro de los fondos y eso sí lo podría hacer”, agregó Volio al explicar que es el mismo presidente el que debe definir a quién donar el dinero y esto se deberá hacer una vez concluido su período y en coordinación con Tesorería Nacional, entidad que se encargará de depositar la pensión del mandatario a la cuenta que él asigne.

Esta situación provoca que la decisión de Carlos Alvarado, formalizada este lunes 4 de octubre por medio de una carta enviada a la Directora Nacional de Pensiones, no genere ningún ahorro para el Estado o represente un compromiso con “las finanzas públicas” ya que, de igual manera, el dinero será depositado en otra cuenta elegida por el presidente.

También queda claro que no es correcto indicar que Alvarado renuncia a su pensión, sino que realmente renuncia al giro de los recursos de su pensión, recursos que recibirá otra persona, entidad, asociación o fundación.

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En AmeliaRueda.com consultamos desde este martes al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) el criterio sobre el oficio de "renuncia" a la pensión y cómo se tramita está solicitud tomando en cuenta que la pensión es un derecho irrenunciable. Pedimos, también, que nos explicarán cómo se gestiona el proceso de donación de los recursos; sin embargo, evitaron responder las preguntas y por medio de la oficina de prensa sólo indicaron:

"La dirección nacional de pensiones dio acuse de recibo de la nota del Presidente y se incorporó al expediente respectivo".

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Datos

De acuerdo con los datos del Ministerio de Hacienda, actualmente son 10 personas las que reciben una pensión de expresidente. Se trata de siete expresidentes, todos reciben una pensión de ¢3.952.475.

  • Óscar Arias Sánchez (1986-1990 / 2006-2010).
  • Rafael Ángel Calderón Fournier (1990-1994).
  • José María Figueres Olsen (1994-1998).
  • Miguel Ángel Rodríguez Echeverría (1998-2002).
  • Abel Pacheco de la Espriela (2002-2006).
  • Laura Chinchilla Miranda (2010-2014).
  • Luis Guillermo Solís Rivera (2014-2018).

En la lista de personas que reciben pensión de expresidentes se encuentran también dos ex primeras damas y la hija de un exmandatario. Ellas son:

  • Karen Olsen Beck (esposa de José Figueres Ferrer) recibe ¢3.952.475.
  • Marita Camacho Quirós (esposa de Francisco Orlich Bolmarcich) recibe ¢3.852.475.
  • María Ulate Rojas (hija de Otilio Ulate Blanco) recibe ¢1.985.612.

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