
No existe una legislación marítima que regule actividad en el país
09/01/15 | 11:39am
Los capitanes de embarcaciones en Costa Rica no requieren de una licencia que los certifique para navegar, debido a una carencia de una ley marítima que lo regule, por lo que se trata de "capitanes empíricos".
Así lo confirmó este viernes el director de la División Marítimo Portuaria del Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT), Luis Fernando Coronado.
Según Coronado, en transporte marítimo hay una carencia de legislación en el país que regule la calidad de las personas que manejan embarcaciones. A esto se suma el hecho de que Costa Rica no ha ratificado ninguno de los convenios de la Organización Marítima Internacional (OMI), ente internacional que regula todos estos aspectos.
Agregó que la única excepción que se tiene es para los capitanes de los ferrys, ya que cuando se otorgó la concesión se estableció este requisito.
Desde el 27 de julio de 2012, el proyecto de ley bajo el expediente N.° 18.512, sobre la Ley de Navegación Acuática, se presentó a la Asamblea Legislativa. Esta norma pretende regular estos aspectos de la navegación en el país.
No obstante, según señaló Coronado, no ha habido avances en la aprobación de la misma. También se presentó a Casa Presidencial el Convenio Internacional de Formación de Guardia y Titulación de la gente de Mar, de la OMI, pero tampoco se ha enviado al Congreso.
Actualmente, la única regulación que existe es el "Certificado de Zafarrancho", vigente desde 2001 y modificado en 2012 por medio del decreto ejecutivo N.° 37343. El certificado tiene como finalidad demostrar la capacidad del personal que labora dentro de un barco para enfrentar situaciones particulares de emergencia.
Los cursos para obtener este certificado, que son completamente gratuitos, los imparte el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA) en 13 sedes en todo el país.
Según explicó el encargado de Programación y Planteamiento del Núcleo Náutico Pesquero del INA, Carlos Infante, se enseña sobre seguridad personal y responsabilidades sociales, prevención y lucha contra incendios, así como técnicas de supervivencia personal y primeros auxilios básicos. El título se obtiene luego de 116 horas de capacitación y se da en diferentes modalidades.
Este certificado, extendido por la Dirección de Navegación y Seguridad, es obligatorio actualmente para todas las embarcaciones de pesca con peso mayor a 50 toneladas, que requieran zarpe internacional. Para las que transporten pasajeros, esto será requisito a partir del 1 de diciembre de 2015, mientras que para el 1 de enero de 2017 será obligación para todo tipo de barcos.
Sin embargo, de acuerdo con Coronado, ante la ausencia de la ley de navegación solamente se pueden imponer sanciones administrativas. "No tenemos facultad para establecer sanciones económicas y poder actuar", aseguró.
Por su parte la Universidad de Costa Rica, desde hace dos años imparte la carrera de Marina Civil, que busca capacitar a personas que quieran laborar en embarcaciones.
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