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Comisión Hacendarios

Avanza plan que establece jornadas laborales 4x3

​Comisión de Hacendarios acordó nuevo texto sustitutivo

25/08/21 | 15:55pm

El proyecto de ley 21.182 que establece la opción para que patrones y trabajadores acuerden una jornada laboral excepcional 4x3, es decir laborar cuatro días y descansar tres, avanzó este miércoles en la Comisión de Hacendarios donde se aprobó un nuevo texto sustitutivo.

La jornada ordinaria de trabajo efectivo no podrá ser mayor de ocho horas en el día y de seis horas en jornada nocturna.

La primera no podrá exceder 48 horas semanales y 36 horas semanales la segunda.

Los diputados discutieron 64 mociones de fondo al proyecto, dentro de las cuales habían dos de texto sustitutivo, una de consenso impulsada por diputadas del Partido Acción Ciudadana (PAC), Laura Guido y Nielsen Pérez, y también del Partido Liberación Nacional (PLN), Ana Lucía Delgado, y otra que no tuvo respaldo que propuso la oficialista Paola Vega.

La diputada Vega, que ha cuestionado la iniciativa, afirma que el texto nuevo aprobado contiene “graves condiciones laborales”, especialmente para las mujeres.

Las mociones de la oficialista proponen:

  • Eliminar la posibilidad de tener jornadas de 12 horas diarias a pago ordinario.
  • Que esta jornada sólo se pueda establecer por medio de una convención colectiva.
  • Que la jornada de 12 horas no se pueda aplicar en la modalidad nocturna.
  • Ampliar el periodo de descanso y almuerzo en las jornadas de 12 horas.
  • Excluir a las mujeres embarazadas y en estado de lactancia de la aplicación de las jornadas excepcionales.

Sin embargo, todas fueron rechazadas por la comisión.

Inspección laboral

Las diputadas Pérez y Guido resaltaron que en este nuevo texto aprobado se incluye una serie de garantías para los trabajadores y que serán garantizadas con el avance de otro proyecto que busca fortalecer la Dirección Nacional de Inspección del Trabajo (DNI) del Ministerio de Trabajo.

“El cumplimiento de todas estas condiciones podrá ser verificado por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a través de la Inspección del Trabajo. En caso de incumplimiento, se concederá plazo de hasta un mes natural, a partir de la respectiva notificación, para que la persona empleadora cumpla con lo indicado en este artículo. De no cumplirse con las prevenciones de la Inspección de Trabajo, la persona empleadora se expone a las sanciones correspondientes por violación de la legislación laboral, pudiendo la persona trabajadora afectada cobrar las diferencias salariales que correspondan, así como los daños y perjuicios que demuestre le hayan ocasionado", indica el texto aprobado.

La diputada Pérez explicó insistió que la jornada 4x3 será excepcional, no la regla, y que no se podrá aplicar a todos los sectores y tendrá que implementarse resguardando la salud de las personas.

“En todo este debate siempre ha estado presente los derechos de las personas trabajadoras y especialmente los derechos de las mujeres. Estas jornadas incluyen opciones de cuido, de transporte y bases salariales diferenciadas para fortalecer el proyecto”, explicó.

Aunque reconoció que si no existe una inspección laboral adecuada que vigile que estas condiciones sean respetadas por los patronos, todo el esfuerzo quedaría en nada.

Por ello el PAC exige que ambos proyectos puedan avanzar paralelamente.

“Si no avanza el proyecto fortalece la inspección laboral, este proyecto (el de jornadas 4x3) perdería sentido, ya que no se podían garantizar en todos los extremos las condiciones especiales”, agregó por su parte la diputada Guido.

Prohibición

El proyecto establece que la aplicación de la jornada excepcional (4x3) no se podrá aplicar en las siguientes condiciones laborales:

  • En labores pesadas, peligrosas o insalubres.
  • Cuando los tiempos de exposición y riesgos ambientales sean especialmente nocivos.
  • Cuando se identifique un riesgo para la salud de las personas trabajadoras con ocasión del trabajo y en donde no sea posible eliminar o reducir el riesgo a pesar de la adopción de medidas de protección o prevención.
  • En aquellos trabajos que exijan para su realización un extraordinario esfuerzo físico o en las que concurran circunstancias de especial fatiga derivadas de condiciones anormales de temperatura o humedad, en trabajos que se realicen teniendo las personas los pies en agua o fango y en los de cava abierta de tierra.
  • En aquellas labores en que se identifique un riesgo de fatiga por la continua operación de maquinarias, vehículos automotores o similares, que represente un peligro inminente para la persona operadora, así como para las personas usuarias o presentes en el lugar de la actividad.
  • Personas trabajadoras menores de edad a la luz de lo dispuesto en el artículo 87 y siguientes del Código de Trabajo.

El proyecto aún tiene mociones pendientes en comisión por lo que deberá esperar para que pase luego al plenario para su aprobación final.

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