La única excepción serán los "microcréditos"; es decir, aquellos inferiores a ¢675.000.
09/06/20 | 13:35pm
Las tasas de interés que superen el 39% anual serán consideradas como una forma de usura. Así quedó establecido en el proyecto de ley 20.861, aprobado en segundo debate este martes en la Asamblea Legislativa.
El texto se había votado en primer debate desde el 27 de abril; sin embargo, su discusión se pausó por más de un mes, pues un grupo de 11 legisladores interpuso una consulta de constitucionalidad sobre los alcances de la inciativa.
El tope de usura se impondría incluso a las tarjetas de crédito y únicamente excluiría a los microcréditos, cuya tasa máxima sería del 55% anual. Los microcréditos se definieron como aquellos que no superen los 1,5 salarios base; es decir, unos ¢675.000.
Lea: Proyecto contra usura pasa filtro constitucional y podrá votarse en segundo debate
Específicamente, la ley establece que el Banco Central deberá regular la materia, a través de una actualización que deberá realizar cada seis meses.
El emisor deberá definir cada seis meses la tasa de intereses activa promedio de los últimos 12 meses, esa cifra servirá como punto de partida para las fórmulas de créditos generales y microcréditos.
Los créditos generales tendrían una tasa de interés máxima de ese promedio más 12,8 puntos porcentuales, multiplicado por 1,5; mientras que los microcréditos seguirían la misma fórmula, pero con una multiplicación final por 2,085.
Lea: Tasas de interés superiores a 39% serán consideradas usura, aprueban diputados
El texto se aprobó con el visto bueno de 50 de 52 diputados presentes, y solo votaron en contra los independientes Ivonne Acuña y Erick Rodríguez.
El diputado del Partido Acción Ciudadana, Welmer Ramos, uno de los dos proponentes de la iniciativa, junto con el liberacionista David Gourzong, celebró la aprobación del proyecto y lo calificó como el que tendría "más impacto en las finanzas de las familias". "Lo digo porque hay más de ¢4,5 billones prestados a tasas que superan el 62%, según los cálculos que hemos hecho", subrayó.
El proyecto de ley establece topes a las tasas de intereses para poder castigar el delito de "usura", que el artículo 243 del Código Penal penaliza con sentencias de entre seis meses y tres años de prisión. Además de las penas de prisión, fija posibles multas de entre 20 y 100 días.
No obstante, la legislación nacional nunca definió los parámetros para definir qué era específicamente el delito de "usura", motivo por el que nunca se había podido castigar oficialmente a ninguna persona.
Ahora, la nueva ley pasará a manos del Poder Ejecutivo, que será responsables de su firma y de su publicación. Tras estos procesos, entrará a regir oficialmente.
Noticias, reportajes videos,
investigación, infografías.
Periodismo independiente en Costa Rica.
(506)4032-7931
|
comunicados@ameliarueda.com
Privacidad