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Huelgas en servicios esenciales son prohibidas: Corte Interamericana de Derechos Humanos lo respalda

Aplica para trabajadores de hospitales, seguridad, servicios de electricidad y abastecimiento de agua

21/07/21 | 14:24pm

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) respaldó la prohibición a las huelgas en servicios esenciales, tales como salud, seguridad, electricidad y agua.

Como parte del análisis hecho, el tribunal de esta Corte avaló que se prohíba o limite la participación de empleados públicos con cargos de servicios escenciales y funcionarios que actúan como órganos del poder público.

Según se explicó, la Corte apoya fijar ciertos límites en huelgas a aquellos trabajadores que estén a cargo de servicios cuya interrupción conlleve una amenaza evidente contra la vida, la salud o la libertad de la población.

Entre estos funcionarios están:

Servicios de salud en todos sus niveles de atención, servicios de seguridad pública, controladores aéreos, de transporte ferroviario, marítimo, carga y descarga en muelles y atracaderos, bomberos, servicios de búsqueda de personas desaparecidas, rescate de víctimas y servicios de atención de desastres y/o emergencias, así como llamadas de emergencias y comedores escolares.

Inlcuye también los servicios necesarios para garantizar el suministro de agua potable, alcantarillado sanitario y tratamiento de aguas residuales, el suministro de energía eléctrica a los consumidores, incluyendo la atención de averías, así como aquellos necesarios para la prestación de los servicios de telecomunicaciones.

Abarca igualmente servicios indispensables para la importación, transporte, distribución y suministro de combustible.

Se advirtió que es necesario que existan garantías que compensen esto, tales como procedimientos de conciliación y arbitraje justos para solucionar conflictos.

También, la Corte destacó que se deberán buscar otro tipo de arreglos en caso de la prohibición total de huelga, esto si se pudiera garantizar las necesidades básicas de los usuarios o el funcionamiento seguro de las instalaciones a cargo de los empleados.

El país ya cuenta con una reforma en este tema, pues en el 2020 se aprobó la Ley para Brindar Seguridad Jurídica Sobre la Huelga y sus Procedimientos.

Esto se dio luego de que en 2018 se generaran rezagos importantes en la educación de los estudiantes de las escuelas y colegios públicos, tras las manifestaciones contra el plan de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas.

Lea también: Ya es ley: Proyecto para regular huelgas se publicó este lunes en La Gaceta

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