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Imagen ilustrativa. Archivo.

Tribunal frena congelamiento de datos tributarios de usuarios por cambio de plataforma en Hacienda

Información iba a permanecer inaccesible entre el 18 de julio al 3 de agosto

18/07/25 | 11:48am

El Tribunal Contencioso Administrativo del Segundo Circuito Judicial de San José acogió una solicitud de medida cautelar provisionalísima solicitada por la diputada independiente, Johana Obando, en torno a suspender el congelamiento temporal de la información tributaria de los contribuyentes en el cambio de plataforma de ATV a Tribu-CR.

La administración de justicia verificó el oficio CP-39-2025 emitido el pasado 26 de junio por el Ministerio de Hacienda, en el que se informó que producto de la desconexión de la herramienta tributaria virtual, "se congelará la información disponible en la 'Situación Tributaria' que se encuentra en la página web www.hacienda.go.cr".

En virtud de lo anterior, el Tribunal consideró calificar tal situación "de extrema urgencia", por cuanto durante más de 16 días (entre el 18 de julio al 3 de agosto) los contribuyentes no podrán consultar su situación tributaria generando eventuales afectaciones.

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Entre estas consecuencias, destaca el Tribunal, podrían figurar pérdidas de concesiones, licitaciones públicas, incentivos fiscales o exoneraciones, permisos o autorizaciones para explotar servicios o bienes públicos, generando daños al público en general o incluso a instituciones gubernamentales por no poder realizar tales consultas.

La medida antecede el oficio AL-JOB-OF-118-07-2025 enviado el pasado 4 de julio por parte de Obando a Mario Ramos, director general de Tributación, advirtiéndole que tal suspensión "constituiría una acción ilegal por parte de la Administración al artículo 18 bis del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Este establece que "cuando el contribuyente moroso cumpla con su obligación tributaria o el que, encontrándose al día, en cualquiera de ambos casos, así lo informe a la Administración, esta deberá garantizar en un plazo no mayor a tres días hábiles la verificación de este hecho y la exclusión del sujeto pasivo del listado de omisos y morosos".

"De haberse procedido con el congelamiento de la información, los contribuyentes verían atropellados sus derechos; por el plazo que estuviese congelado no podrían verificar sus derechos ni comprobar su estado tributario actualizado", indicó la legisladora.

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Johana Obando, diputada independiente

El Tribunal concedió un plazo de tres días hábiles al Ministerio de Hacienda, así como a la Dirección General de Tributación y el Estado para que se refieran a la medida cautelar.

AmeliaRueda.com solicitó una posición a la cartera por medio de su departamento de comunicación, sin embargo, de momento no se ha obtenido respuesta.

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